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La Constitución de Apatzingán: Ideario de los derechos fundamentales en México

La Constitución de Apatzingán:
Ideario de los derechos fundamentales en México

Rosa María De la Torre Torres 1

Hablar de la historia de las constituciones y de la historia de los derechos fundamentales, nos remite ineludiblemente a los albores de la Ilustración, etapa que se caracterizó por un renacimiento de los ideales humanistas de justicia, equidad y solidaridad. Estos valores sirvieron como bandera ideológica a los dos movimientos sociales que dieron origen al constitucionalismo contemporáneo en Iberoamérica: la independencia de las colonias inglesas en Norteamérica y la Revolución francesa.

En el siglo XIX, en diferentes países se vivió la influencia del pensamiento ilustrado que caracterizó el inicio de la modernidad, tanto en Europa como en América. En nuestro país, desde comienzos del siglo XIX se percibe la influencia de los ideales liberales, algunos de ellos heredados directamente de España, otros inspirados del pensamiento francés y. unos más, tomados a imagen y semejanza de los idearios norteamericanos. Esta mezcla, rica en contenidos, hace del constitucionalismo mexicano y su concepción de los derechos del hombre, un desarrollo especial y con características que lo diferencian del resto de América Latina.

La historia del constitucionalismo mexicano comienza con la adopción —que no imposición, como podría pensarse— de la Constitución de 1812 promulgada el 19 de marzo en la ciudad de Cádiz; España. El texto representa el primer documento constitucional en España y sus colonias, con un contenido de inspiración liberal, que establece una serie de derechos en favor del individuo frente a la autoridad hasta entonces absoluta del Rey. Este documento, que suscitó polémica en la España peninsular, fue bien acogido entre los españoles y criollos residentes en las Colonias, quienes lo consideraron un avance importante frente al despotismo ilustrado de Fernando VII.

Sin embargo, la semilla libertaria ya estaba germinando en la mente de algunos criollos y fue, en el marco de la lucha por la Independencia, que vieron la luz importantes documentos preconstitucionales como Elementos constitucionales, de 1813, obra del insigne Ignacio López Rayón, que sirvieron como inspiración directa a Los Sentimientos de la Nación, que dictó José María Morelos y Pavón, ese mismo año más tarde.

1814 es un año que marcó el nacimiento de un paradigma en el constitucionalismo mexicano. Si bien existe aún debate sobre la vigencia de la Constitución promulgada en la ciudad de Apatzingán en aquel año, lo que resulta innegable es que se trata de un texto que desarrolla plenamente los ideales del pensamiento ilustrado: la igualdad absoluta entre los hombres, el privilegio de las libertades frente al despotismo, el establecimiento de un sistema de garantías para asegurar el goce de las libertades de prensa y de expresión, la inviolabilidad del domicilio, los derechos al debido proceso… entre otras prerrogativas que aparecen por primera vez en nuestra historia jurídica gracias a esta Constitución.

La Independencia de México no fue solamente un movimiento emancipador desde la perspectiva política o económica, también en la arena jurídica se vivió un periodo de desprendimiento de las pautas marcadas por España y, sea, tal vez, la Constitución de Apatzingán, la mejor muestra de ello, al lograr optimar mucho más de lo que el constitucionalismo español del siglo XIX avanzó en materia de derechos y garantías.

En este año que conmemoramos doscientos años del inicio de la lucha por la Independencia de México, es preciso reflexionar más profundamente sobre el valor de la Constitución de 1814, sobre su impronta en el devenir de la historia constitucional mexicana y sobre su valioso papel como conformadora de un ideario sobre los derechos fundamentales de los mexicanos.

1 Facultad de Derecho y Ciencias Sociales,
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.

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