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El sistema mexicano de patentes del siglo XIX Vaivenes institucionales y dependencia tecnológica


El sistema mexicano de patentes del siglo XIX
Vaivenes institucionales y dependencia tecnológica

Vandari M. Mendoza 1

Desde hace mucho tiempo han existido distintos medios para proteger las invenciones técnicas. Los gremios lo hicieron mediante el secreto, los mecenas con el patrocinio de ensayos de construcción, los empresarios con la adquisición de las creaciones, las academias con medallas o incentivos monetarios y la sociedad con el reconocimiento moral. No obstante, el mecanismo más complejo fue el instituido por el Estado. Desde la aurora de la era moderna el Estado se asignó la tarea de proteger los inventos con la concesión de un lapso exclusivo de explotación. Históricamente este método se ha manifestado a través de dos variantes: los privilegios exclusivos otorgados por los monarcas durante el Antiguo Régimen y las patentes de invención emanadas de las revoluciones liberales del siglo XVIII.

Ahora bien, aunque ambas instituciones tienen el mismo resultado, sus fundamentos son divergentes: en el sistema de patentes la concesión deriva de los derechos que posee el inventor al ser considerado propietario de su creación, mientras que en el sistema de privilegios se desprende de un premio, un favor o una gracia real otorgada por el monarca al considerarlo autor de la invención o, más concretamente, como el causante de una nueva actividad industrial. Esto significa que el privilegio exclusivo se otorgaba como un auténtico monopolio a quien lograba implementar un proceso u objeto desconocido en los confines del reino, sin importar demasiado si se trataba de su verdadero creador intelectual. En suma, el viejo sistema de privilegios se utilizó para premiar discrecionalmente a los personajes innovadores que lograban introducir un ramo industrial o construir alguna invención técnica. En contraste, el sistema de patentes se planteó para proteger exclusivamente las creaciones intelectuales de los inventores o las ideas técnicas, útiles y novedosas que constituyen la verdadera esencia de una invención.

En México ambos sistemas han sido practicados en distintos periodos históricos. Los privilegios exclusivos formaron parte de las instituciones implantadas bajo el dominio español, mientras que las patentes de invención surgieron con la vida independiente. No obstante, la transición de un sistema a otro no fue un suceso inmediato. Durante el siglo XIX sobrevino un proceso de vaivenes donde se mezclaron las ideas de ambas instituciones, hasta que se consolidó un auténtico sistema de patentes en el porfiriato. Esta circunstancia es relevante porque nos permite apreciar el sentido de las políticas estatales de fomento industrial y el origen de la dependencia tecnológica del país.

El nacimiento del sistema mexicano de patentes
México instituyó su primer sistema de patentes pocos años después de consumada la Independencia. Aunque existe el antecedente de una ley de patentes decretada por las Cortes españolas en 1820, el verdadero cimiento del sistema mexicano se encuentra en la Constitución de 1824. En su contenido los legisladores manifestaron por primera vez que una de las facultades del Congreso era fomentar la prosperidad material de la Nación, “asegurando por tiempo limitado a los inventores, perfeccionadores o introductores de algún ramo en la industria derechos exclusivos por sus respectivos inventos, perfecciones o nuevas introducciones”. Poco tiempo después el Congreso comenzó los trabajos de codificación para elaborar una ley ordinaria en la materia. En 1832, gracias a las gestiones de Lucas Alamán, la figura central del fomento industrial en la temprana época independiente, surgió el primer código mexicano que reglamentó la concesión de las patentes.

Esta ley es importante porque se mantuvo vigente durante gran parte del siglo XIX; no fue sino hasta 1890 cuando se sustituyó por un nuevo código. Además, con base en los postulados constitucionales, esta ley se redactó para proteger tanto los procesos de invención como los de innovación industrial. Una ley que teóricamente debía aplicarse exclusivamente a las nuevas ideas técnicas, fue reconfigurada por el Estado para adaptarla a los juegos de poder locales y dejarla en posición de otorgar patentes de invención y privilegios exclusivos. La ley mexicana se convirtió, así, en un espécimen heterogéneo que conservaba las arbitrarias gracias reales de la tradición colonial al tiempo que incorporaba los sistemas más recientes de propiedad industrial. Entre los objetos que amparó esta ley estaban los inventos y mejoras generados mediante la concepción de nuevos conocimientos e ideas técnicos, pero también otorgó privilegios monopólicos de explotación a una amplia gama de actividades que no siempre eran industriales, así como a la introducción de maquinaria extranjera que sólo era novedosa en el contexto local.

Los efectos de la primera legislación de patentes
Como resultado de la legislación de 1832 el gobierno otorgó privilegios monopólicos a cuestiones increíbles como el empleo de canoas tiradas por caballos en los canales de Xochimilco, la extracción de guano en todas las islas mexicanas, la pesca de foca en el Mar de Cortés, la introducción de camellos y hasta la implantación de un sistema de buceo. Esto sin contar las concesiones que obtuvieron muchos extranjeros para explotar las minas del país. Asimismo, bajo el amparo de esta ley se introdujeron un sinnúmero de artefactos que habían sido inventados al iniciar la Revolución Industrial. Maquinaria conocida que sólo representaba una novedad local, pero que bajo ninguna circunstancia estaba sujeta a la concesión de una patente.

Fue hasta finales de 1842 cuando el médico Miguel Muñoz obtuvo la primera patente mexicana por  una “pierna mecánica”, prótesis empleada más tarde por Santa Anna, quien quedó lisiado en la Guerra de los Pasteles. En los años sucesivos se patentaron muy pocas invenciones nacionales. La ley de 1832 tuvo éxito al amparar actividades de introducción e innovación industrial, pero fracasó totalmente en proteger y fomentar la inventiva mexicana. El sistema diseñado por el gobierno le abrió las puertas a las máquinas e industrias extranjeras, pero le restringió el acceso a los inventores locales. Pese a todo, no faltaron personajes destacados como Juan N. Adorno, Esteban Solís y Luis G. Careaga, quienes lograron patentar artefactos importantes.

Una tardía consolidación del sistema de patentes
La primera ley de patentes se derogó hasta 1890. En el nuevo código se definieron de manera más certera las funciones del sistema. Se introdujo el principio de que sólo el primer y verdadero inventor podía obtener una patente y su concesión se circunscribió a las ideas técnicas, útiles y novedosas. Ante esta ley más clara la respuesta social no se hizo esperar. El número de patentes creció rápidamente. Lo mismo sucedió con la ley de 1903: los inventos locales aumentaron inusitadamente hasta superar la centena de patentes anuales. Sin embargo, ambas legislaciones fueron parte de las políticas de fomento del régimen porfirista, cuya meta era alcanzar el progreso industrial con la introducción de tecnología foránea. De hecho, en esa época se promulgaron diversas leyes que ampliaron la tendencia tradicional de atraer la inversión extranjera. Además, el propio sistema de patentes, en el contexto industrial de inicios del siglo XX, sirvió como instrumento de colonización tecnológica al proteger en el exterior los inventos de las potencias mundiales.

En conclusión, el sistema de patentes originó buena parte del atraso industrial y de la dependencia tecnológica del país. Lo que produjo este resultado fue el diseño de las leyes en la materia y la tardía adopción de sus principios básicos. Sin embargo, en el discurso de los gobiernos decimonónicos, la tendencia de fomentar la introducción de técnicas e industrias extranjeras tenía una razón histórica. Según las autoridades, la nación había heredado del virreinato un profundo atraso industrial. Argumentaron que para sacar de su marasmo a una industria precaria, casi inexistente, se debía edificar desde sus cimientos la industria local. Para ello, no era necesario proteger y fomentar el desarrollo de inventos nacionales que lentamente condujeran a un mayor progreso material, sino implementar políticas que allanaran la importación de los mecanismos que habían mostrado su éxito en el exterior. La legislación de patentes fue concebida con este pensamiento de fondo sobre el carácter del fomento industrial. Sin embargo, esta noción sólo podía conducir (como condujo) a la dependencia tecnológica. Y esa es una lección que las autoridades deben apreciar si pretenden diseñar instituciones que realmente fomenten el ingenio y la inventiva de los ciudadanos que representan.

1 Vandari Manuel Mendoza Solís es candidato a doctor en historia por El Colegio de Michoacán.
vanda_mane@yahoo.com

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